La Eurocámara tumba la nueva ley de copyright, ¿cuáles son las consecuencias?

Este jueves, el Parlamento Europeo se reunió para votar la nueva directiva sobre derechos de autor en el mercado único digital. Tras un polémico debate, la ley ha sido finalmente rechazada. 

 

Durante la mañana de este jueves el pleno del Parlamento Europeo votaba la reforma de la ley de europea de Copyrigth. Una ley rodeada de controversia y detractores que finalmente ha sido rechazada por 318 parlamentarios frente a los 278 que votaron a favor y las 31 abstenciones. Pero no todo termina aquí, ahora la norma regresará a la Comisión de Asuntos Jurídicos que deberá darle un lavado de cara, antes de que el próximo mes de septiembre la Cámara debata de nuevo la propuesta.

 

Días previos a la votación, las redes sociales ardían con fuertes críticas a la nueva norma, centradas en  los artículos 11 y 13, bajo la etiqueta #saveYourInternet. Una de las plataformas más activas fue Wikipedia, quién cerro el miércoles sus servicios en varios países como crítica, manteniendo su web inactiva durante más de 24 horas. Estos días ha publicado en sus redes mensajes declarando su total rechazo a esta reforma y a sus graves consecuencias.

 

          

 

¿Por qué surge la polémica?

La polémica se cierne principalmente entorno a dos artículos, el 11 y el 13, que han sido fundamentales para que los eurodiputados se posicionaran en contra de la iniciativa.  Estos artículos ponen en riesgo la actividad en Internet tal y como la conocemos hasta ahora y afectan tanto a plataformas digitales como a las redes sociales y hasta el mismísimo Google.

 

El primero de ellos, el artículo 11, se entiende como un tipo de Canon AEDE a nivel europeo que aborda el uso digital de las publicaciones de prensa. Se establecería un canon a las noticias y a los enlaces mediante el que se prohibiría compartir una parte de una noticia o material periodístico de cualquier tipo de contenido que esté protegido bajo licencia de derecho a copia.

 

En otra palabras, para poder vincular un artículo de prensa como fuente en una plataforma tipo Wikipedia o a un agregador de noticias como Menéame, la página web tendría que pedir permiso a cada medio o autor. Una medida que tiene un claro y monetario objetivo, que las plataformas online paguen una tasa por enlazar a los editores de noticias y que puedan así obtener unos ingresos extra.

 

Por  otra parte, el artículo 13 insta a las diferentes páginas web a controlar el contenido que suben los usuarios a su plataforma para asegurarse de que no vulneran los derechos de autor. Para lograr esta misión, el reglamento pretende que las compañías incorporen filtros automatizados que impidan la subida de contenidos que violen los derechos de autor. Una verdadera censura que supondría una gran revolución en la comunicación digital.

 

¿Cuáles son los siguientes pasos?

Ahora es el momento de hacer modificaciones y adaptar la normativa de forma que los polémicos artículos paseen los filtros necesarios y no provoquen nuevas y duras críticas.  Sin embargo, habrá que esperar hasta septiembre para conocer la decisión final del Parlamento. De lo que podemos estar seguros es que habrá nueva ley de copyright y que supondrá grandes cambios en la forma en la que publicamos y consumimos información en medios digitales. 

 

Carlos Viera, Director del Máster en Marketing Digital de EUDE Business School opina que esta normativa pretende poner ‘puertas al campo’, ya que “tras más de 30 años desde la puesta en marcha de Intenet es ilógico intentar poner ahora trabas a su libre circulación y carácter gratuito. Si de verdad quieran actuar, deberían tomar medidas contra aquellos internautas que comentan délitos e ilegalidades en la red y no castigarnos a todos”.

 

Sin duda un tema muy interesante para todos aquellos profesionales del sector digital o emprendedores que necesitan conocer el entorno legal en el que desarrollarán sus futuros proyectos y negocios. En EUDE Business School contamos con una amplia oferta formativa creada  e impartida por profesionales en activo que te prepara para afrontar con éxito los retos y continuos cambios en el mercado.

 

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GDPR o cómo proteger tus datos a partir del 25 de mayo

A partir del 25 de mayo entra en vigor el Reglamento de la Unión Europea 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo del 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta a tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dicha información.

Se abre, así, un panorama que ofrece un marco más sólido y coherente que evite la aplicación fragmentada, la inseguridad jurídica y las diferencias en la protección de los derechos y libertades en los estados miembro de la Unión Europea.

 

Lo fundamental para las compañías es desarrollar un plan de cumplimiento donde identifiquen las amenazas y riesgos a los que está expuesta una actividad de tratamiento de datos personales; estableciendo una descripción detallada del contexto de la actividad empresarial y los elementos más relevantes que intervienen en la misma para poder gestionar los riesgos con el fin de minimizarlos al máximo.

 

La empresa que detecte cualquier filtración o hackeo deberá notificarlo a los interesados y a las autoridades de control. Nombrar un delegado de protección de datos es una obligación y constituye uno de los elementos clave del GDPR y un garante del cumplimiento de la normativa de protección de datos de la empresa. También se implanta la creación de mecanismos de certificación y sellos de protección de datos que serán expedidos por las autoridades de control. Es una novedad la introducción de los conceptos de privacidad por el diseño y por defecto y la obligación de llevar a cabo evaluaciones de impacto en materia de protección de datos.

 

Si el usuario considera que se han vulnerado sus derechos, podrá formular una reclamación, sin necesidad de contar con un abogado o procurador y sin coste alguno. La nueva normativa incluye la creación de una ventanilla única como sistema que permita a cualquier ciudadano europeo presentar una reclamación en su propio país, aunque la empresa denunciada tenga sede en otro estado miembro.

 

Los pilares sobre los que se asienta el nuevo modelo de protección de datos son la licitud, lealtad y transparencia con la que deben tratarse la información personal. La limitación de la finalidad para la que se recoge es otra de las novedades que incorpora el GDPR, así como solicitar únicamente aquellos datos estrictamente necesarios. Se establece una limitación del plazo de conservación que no será superior al tiempo necesario para los fines del tratamiento. Para garantizar una seguridad adecuada de los datos, es imprescindible la formación e información que se facilita al personal involucrado en el tratamiento de los mismos.

 

Las sanciones económicas establecidas según lo dispuesto en el nuevo régimen sancionador del GDPR suponen un aumento de las multas estipuladas hasta el momento. Tal es la importancia de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de los usuarios, que las realizaciones del tratamiento sin las garantías necesarias podrían ascender a los 10 millones de euros o un 2% del volumen de negocio total anual del ejercicio financiero anterior, mientras que en la actualidad está penado con 300.000 euros.

 

Pero esto no es todo. La recogida de información sin especificar detalladamente las finalidades del tratamiento, la no supresión de los datos una vez hayan dejado de ser útiles para el objetivo con el que fueron recabados o finalizada la fase de bloqueo cuando existieran responsabilidades legales exigibles en vigor podrían suponer sanciones superiores a los 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio total anual del ejercicio financiero anterior. La misma multa se especifica para el tratamiento de los datos sin contar con el consentimiento explícito del interesado en los que el mismo fuera necesario o la realización de transferencias internacionales con destino a países que no garanticen un nivel adecuado de protección sin contar con la legitimación necesaria.

 

El auge de las tecnologías y, en especial, el uso de las redes sociales ha propiciado una falta de consciencia y es que no nos damos cuenta de la facilidad con la que nuestros datos personales trascienden a cualquier parte del mundo, dando acceso ilimitado al uso y disfrute de los mismos. Es necesario que cada uno establezcamos fronteras en el consentimiento que damos sobre nuestros datos y establezcamos las barreras necesarias para que no accedan aquellos que no deberían hacerlo.

 

Sobre todo, es vital que eduquemos de esta forma a los menores y no nos expongamos con tanta facilidad, ni nosotros ni a los niños. Somos los únicos perjudicados debido a las graves consecuencias que puede llegar a tener la utilización fraudulenta de los datos personales. Ante esta realidad, es necesario que cada uno reflexionemos sobre nuestra propia conducta ante las nuevas tecnologías y nos hagamos responsables de nuestros actos, consentimientos y autorizaciones.

 

Isabel Moreno Martínez-Ortiz,

Responsable de Asesoría Jurídica en EUDE Business School